martes, 30 de septiembre de 2008

Certificado de discapacidad

Asesoramiento Legal:

Lo primero que hay que hacer es tener el certificado de discapacidad.
El certificado de discapacidad es un documento único que acredita la discapacidad.
Ley: 22.431 Esta ley es para promover la protección integral de la persona con discapacidad.

Para saber más puede ir a la página http://www.snr.gov.ar/
Servicio de rehabilitación

Si vive en La ciudad de Buenos Aires, debe llamar al 0800-999 2727
Si vive en el Interior del País, puede ingresar a la página y verá los lugares más cercanos para concurrir.

Para los que viven en la Ciudad de Buenos Aires:
Deberán concurrir a Ramsay 2250 o Dragones 2201
Tel: 54 11 4783-9077/ 4354

La primera vez hay que ir a sacar un turno. Para esto puede ir cualquier persona sin el bebe al Servicio Nacional de Rehabilitación (Ramsay 2250) de 8:30 a 14 hs. Al área de turnos y debe llevar: El DNI original, (excluyente) donde conste el domicilio actual, un certificado médico donde conste el diagnóstico del paciente expedido por el médico especialista que contemple el diagnóstico.
(llevar un certificado del pediatra que diga Diagnóstico Síndrome de Down y el análisis genético). El certificado debe ser actualizado. No debe ser anterior a los 6 meses de presentarse.) Debe ser el Original. NO fotocopias.
Si tienen obra social: deberán llevar: 2 fotocopias de la 1 y 2 hoja del DNI del paciente, 2 fotocopias del último recibo de sueldo del familiar a cargo. 2 fotocopias del carnet de la obra social del paciente.

Este certificado brinda la cobertura de las leyes 22.431 y 24.901 las que instituyen un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.

Que se puede obtener con el certificado:
Transporte público de pasajeros por todo el territorio Nacional. Decreto nº 38/2004 y nº 18/06 En trenes, subtes, colectivos de la línea 1 a la 199 y micros de larga distancia
Asignaciones familiares: salario del hijo con discapacidad.
Tramites en las obras sociales. Ley 24.901. El 100% de la cobertura del tratamiento de la discapacidad.
Asignación de pensiones.
Exención de impuestos
Símbolos internacionales de acceso: Es la oblea que va pegada en el auto. Sirve para libre tránsito y libre estacionamiento Tanto este trámite como el de excención del pago de patentes se hacen juntos. Hay que reunir los requisitos y completar la solicitud. Entregar todo en la mesa de entradas de la oficina de automotores (Ramsay 2250) de lunes a viernes de 8:30 a 13:30 hs. Los requisitos y el formulario que deben presentar lo pueden obtener entrando a la página de Internet.
Exención del pago de patentes. Esta debe ser presentada ante rentas de su domicilio para solicitar la eximición correspondiente.
Otros.

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