lunes, 9 de abril de 2012

NUEVO REGIMEN – MAESTROS INTEGRADORES – 2011
¡IMPORTANTE!

NUEVO REGIMEN – MAESTROS INTEGRADORES – 2011

La FUNDACION DOWN TIGRE, habiendo comenzado el Segundo Semestre del Ciclo Lectivo ha querido acercarles una información importante para el Ciclo Lectivo 2011, y el NUEVO REGIMEN para el Módulo “Apoyo de Integración Escolar”, el cual todas las personas con discapacidad que necesiten de Maestra Integradora, deben necesariamente tener en cuenta.

La ley 24091, estableció el Régimen de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Dentro de las Prestaciones Básicas se encuentra la cobertura del Módulo de Apoyo a la Integración (Maestra integradora)

Las Obras Sociales, los Sistemas de Medicina Prepaga y prestadores de Salud, cubren esta prestación. Todas ellas una vez que efectúan el pago del servicio, los importes le son reintegrados por la Administración de Programas Especiales (APE).

Como para el reintegro de todas las prestaciones, para la prestación de Apoyo de Integración Escolar, el Directorio del Sistema de Prestaciones de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad, emite resoluciones de cumplimiento obligatorio para poder cubrir las mismas.-

En el mes de Diciembre de 2009, la Administración de Programas Especiales, emitión un comunicado a las Obras Sociales, a los Sistemas de Medicina Prepaga y Prestadores de Salud respecto del Financiamiento del Módulo de Integración Escolar, que decía:

”….Se comunica a la Obra Sociales que las solicitudes de apoyo financiero para el módulo de Apoyo a la Integración Escolar deberán ajustarse a la recomendación efectuada por el “Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad”, a través del Acta N°246, la que se transcribe a continuación:

“… observar la obligatoriedad de cobertura de la prestación de Apoyo a la Integración Escolar brindada por equipos especialmente capacitados para tal fin sean éstos pertenecientes a una Escuela Especial con Integración Escolar, Centro Educativo Terapéutico con Integración Escolar o bien por un equipo de Apoyo a la Integración Escolar específicamente categorizado para brindar tal prestación conforme a lo establecido en el Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a Personas con Discapacidad, según corresponda. Se recuerda además que esta cobertura deberá estar a cargo de Equipos Técnicos interdisciplinarios de apoyo conformados por profesionales y docentes especializados no a cargo de un solo profesional o docente.”

Esta norma debía entrar en vigencia en el año 2010, pero se prorrogó la entrada en vigencia de dicha recomendación para el año 2011 (Mediante Acta 248 del Directorio del Sistema de Prestaciones de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad).-

Para que las Obras Sociales, Sistemas de Medicina Prepaga y Prestadores de Salud, cubran la prestación de Apoyo de Integración escolar, los maestros integradores deben cumplimentar los siguientes requisitos:
1) En primer lugar deben pertenecer a un e quipo interdisciplinario, no puede ser a cargo de un solo profesional o docente. (Esto no quiere decir que la prestación la realicen varios profesionales, sino que el profesional o docente debe estar avalado por un “equipo” interdisciplinario.-
2) En segundo lugar, el profesional o decente debe pertenecer a: a) Escuela Especial con Integración Escolar,
b) Centro Educativo Terapéutico con Integración Escolar
c) Equipo de Apoyo a la Integración Escolar específicamente categorizado.-

En cuanto a la Escuela Especial con Integración Escolar, como el Centro Educativo con Integración Escolar, no necesitan categorización por su naturaleza, ya que están inscriptas y autorizadas.

Ahora bien, si los maestros integradores no trabajan en ninguna de estas dos opciones, y lo hacen en un “…Equipo de Apoyo a la Integración Escolar…”, este equipo debe ser categorizado.
¿Qué significa categorizado?

Que debe ser inscripto en el Registro Nacional de Prestadores del Servicio Nacional de Rehabilitación.

Para saber cuales son los requisitos, los maestros integradores pueden obtenerlos de la página web del Servicio Nacional de Rehabilitación visitando el siguiente link: http://www.snr.gov.ar/005-002.htm

Es importante que quienes conformen estos equipos sepan que categorizado no es igual a habilitado. Para realizar la categorización , los Equipos deben adecuarse al Marco Basico (Res. 1328/06) y la presentación debe ajustarse al procedimiento previsto en la Res. 100/07 y modif en donde se establece la documental a presentar y establece plazos que aproximadamente son de 120 dias hábiles (casi 6 meses) para tener la Disposición por la cual se categorice y se inscriba el Servicio (Equipo) de Apoyo a la Integración Escolar en el Registro Nacional de Prestadores.-

Es por ello que hablen con quienes son los maestros integradores de sus hijos, para que les informen si se encuentran en condiciones de cumplir con la normativa para el año 2011 o necesitan adecuarse, ya que todavía están a tiempo de hacerlo.-

Piensen que si los maestros no cumplen con la normativa, no es que los chicos no vaN a poder seguir con esas integraciones, sino que las Obras Sociales, los Sistemas de Medicina Prepaga y los Prestadores de Salud, no van a cubrirles o reintegrarles el Módulo de Apoyo a la Integración Escolar.

Cualquier consulta que sobre este y otros temas necesiten, pueden comunicarse con el Área Jurídica de la FUNDACION DOWN TIGRE a cargo del Dr. Claudio F. A. Espósito a claudioespósito@fundaciondowntigre o al 15-56189767.